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· Visas y Trámites Migratorios para ingresar a Bolivia - Información de regulaciones y trámites legales ·
 
Visas y Trámites Migratorios:
Requisitos de migración
Pasaporte vigente ó visa otorgada por 30 ó 90 días según convenio.

Países que No requieren Visa:
Alemania, Argentina, Austria, Australia, Bélgica, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Dinamarca, G. Bretaña, Finlandia. Ecuador, España, El Salvador, Estados Unidos, Francia, Guatemala, Honduras, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Japón, Luxemburgo, Nueva Zelandia, Noruega, Paraguay, Perú, Portugal, Polonia, Santa Sede, Suecia, Suiza, Uruguay, Países del Caribe.

Países que Requieren Visa:
Rusia, Canadá, Cuba, Liechtenstein, México, Malta, Panamá, Venezuela.

Países que Requieren Visa y previa consulta y autorización de Cancillería:
Arabia Saudita, Argelia, Bangladesh, Corea de Norte, China Nacionalista (Taiwán), China Popular, Haití, India, Irak, Jordania, Kuwait, Laos, Líbano, Libia, Malasia, Omán, Pakistán, Palestina, Rumania, Singapur, Siria, Túnez, Turquía, Tailandia, Vietnam, Yemen del Norte, Yemen del Sur.

Por convenios de reciprocidad, las visas de turismo deben exhibir timbres consulares en el caso de los siguientes países: Brasil, Canadá, Cuba, Corea, China Popular, Francia, Jordania y Tailandia.

Tipos de Visas
· Visa Diplomatica y Oficial
· Visa de Turismo
· Visa de Objeto determinado
· Visa de Estudiante
· Visa de Tránsito
· Visa Múltiple
· Visa de Cortesía

Visa de Turismo
De acuerdo a la normativa interna, Bolivia concede visas de turismo en el marco de la reciprocidad y de acuerdo a convenios bilaterales y multilaterales existentes con diversos países.

Requistos
· Pasaporte válido y legal o documento supletorio.
· A criterio del Cónsul que otorga la visa, podrá exigirse boleto de ida y vuelta expedido por una empresa de transporte, que acredite el destino a cualquier punto de ingreso internacional a Bolivia y el retorno al país de origen o el viaje a otro destino claramente especificado.
Permite una permanencia en territorio nacional de 30 días prorrogables hasta por dos veces por un plazo igual, por disposición de una Administración Departamental de Migración, ésta visa prohibe a su portador ejercer en territorio nacional cualquier actividad remunerada.

Tramitación:
La Sección Consular de la Embajada o Consulados Honorarios podrán brindar mayor información.

Validez:
Hasta 90 dias dependiendo de la nacionalidad
 
Actualización, Agosto 2008